Antonio Ramírez
A lo largo de la historia
nacional se han intentado diferentes proyectos de descentralización para impulsar el
desarrollo del país, con el propósito de atender adecuadamente las diferentes
demandas de la población, con la finalidad de superar la desigualdad política,
económica, social y cultural en que vivimos. Al parecer en todos ellos se
pusieron a “los caballos detrás de la
carreta”, en especial por la falta de un modelo serio y coherente y a la ausencia de una firme voluntad
política que los impulsase.
A partir de la dictadura corrupta
del año 2000 se inició la etapa de transición democrática durante la cual se
planteó, entre otras tareas, la necesidad de relanzar a la descentralización,
en la agenda política, como una reforma del Estado orientada a promover el
desarrollo del país. En razón de ello, durante el año 2002 se emitió la Ley Nº
27680, Ley de Reforma Constitucional del Artículo 188º del Capítulo XIV del
Título IV sobre descentralización, con lo cual se define un nuevo escenario
para la descentralización.
De este modo, la norma constitucional
reformada reconoció a la descentralización como una forma de organización
democrática que constituye una política permanente de Estado, de carácter
obligatorio y que tiene por objetivo el desarrollo integral y sostenido del
país. Para ello prevé la distribución de competencias y responsabilidades entre
los tres niveles de gobierno: el Gobierno Nacional, el Gobierno Regional y el
Gobierno Local, los cuales gozan de autonomía política, económica y
administrativa.
En ese marco, el 17 de julio de
2002 se aprobó la Ley de Bases de la
Descentralización, la cual desarrolla el capítulo constitucional referido a
la descentralización, estableciendo la finalidad, principios, objetivos y
criterios generales del proceso de descentralización. Asimismo, regula la
conformación de las regiones y municipalidades, fija las competencias
exclusivas y compartidas de los tres niveles de gobierno y determina los bienes
y recursos de los Gobiernos Regionales y Locales, así como las relaciones de
gobierno en sus distintos niveles.
Posteriormente, en noviembre del
año 2002 se aprobó la Ley Nº 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, que reguló los principios rectores de la
gestión regional, su estructura orgánica, su régimen normativo, laboral,
económico y financiero, así como sus competencias y funciones, entre otros aspectos
generales. Respecto a la estructura orgánica de los Gobiernos Regionales
–considerados como el nivel de gobierno intermedio–, la norma señala que éstos
estarán conformados por la Presidencia Regional como órgano ejecutivo; el
Consejo Regional como órgano normativo y fiscalizador; y el Consejo de
Coordinación Regional como órgano consultivo y de coordinación del Gobierno
Regional con las municipalidades, que estará integrado por los Alcaldes
provinciales y por los representantes de la sociedad civil.
En julio del año 2003 se aprobó la Ley Nº 27972, la nueva Ley Orgánica de
Municipalidades, que reguló la estructura y funcionamiento de los Gobiernos
Locales en el marco de la descentralización. Asimismo se debió aprobar la nueva
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo con vistas a la adecuación de la nueva
estructura del Estado. Sin embargo, dicha norma no fue aprobada hasta diciembre
del año 2007. Así, se fue aprobando, progresivamente, el marco normativo
general diseñado para regular el proceso de descentralización, y se convocó a
los comicios para elegir a las autoridades regionales. En noviembre del 2002 se
eligió democráticamente a los primeros presidentes regionales en los 24
departamentos del país y en la Provincia Constitucional del Callao, quienes asumieron
su mandato a partir del 1 de enero del 2003 por un período de cuatro años. Los
Gobiernos Regionales se instalaron sobre la base departamental del país y se
inició el traspaso de los activos y pasivos de los CTARs a los nuevos Gobiernos
Regionales, para finalmente dar paso a su desactivación.
A manera de conclusión…
Si apenas han transcurrido 12
años de iniciado el actual proceso, el cuerpo territorial de Regiones-Departamento
y municipalidades de la República se pudren en corrupción, tenemos que afirmar
sin rodeos, que el actual Proceso de Descentralización ha sido un rotundo fracaso,
al extremo de infestar al país de pícaros y ladrones.
Sobre esta situación de
emergencia y delincuencia pública que asola al Perú; El contralor Fuad Khoury Zarzar, ha declarado que el proceso de
regionalización ha estado lejos de ser
óptimo. "El proceso no ha sido un
éxito. Los resultados no son buenos, y no lo digo yo: lo dicen los expertos y
los vemos en todas partes", también ha señalado que "La corrupción ha sobrepasado la
capacidad operativa de la Contraloría, solo hay mil auditores en el
campo". Ha señalado también que de todos los órganos de control que
funcionan en los gobiernos regionales, solo el 4 % de auditores responde
directamente a la contraloría y que el resto es pagado por los gobiernos
regionales. "Eso complica la
realización de un buen control", por lo que no es aconsejable la reelección inmediata. http://elcomercio.pe/politica/actualidad/contralor-khoury-proceso-regionalizacion-no-tuvo-exito-noticia-1735602
Es por eso, y desde este blogg que pertenece a la sociedad civil,
tenemos que señalar, que cualquier pretensión de re-reelección de los actuales Presidentes
Regionales y Alcaldes en ejercicio, más allá
de cualquier enmienda constitucional, deviene en inmoral y sospechosa.
